miércoles, 1 de marzo de 2017

Corte Suprema $hilena confirma Recurso de Amparo de la CIDH en favor del lof Juan Paillalef


Corte Suprema confirma recurso de amparo en favor de lonko Juana Rosa Calfunao y su familia

Archivo | Agencia UNO

La Corte Suprema confirmó la sentencia que acogió un recurso de amparo en favor de la lonko Juana Rosa Calfunao y su familia.

El primer fallo fue dictado por la Corte de Apelaciones de Temuco luego de que el Instituto Nacional de Derechos Humanos ingresara la acción judicial, donde además ordenaba investigar las agresiones que habrían sufrido el 27 y 28 de enero pasado en la comunidad mapuche Juan Paillalef.

Esto fue ratificado por el máximo tribunal del país, pero a través de un fallo dividido entre los ministros Milton Juica, Haroldo Brito, Andrea Muñoz, Jorge Dahm y el abogado integrante Jaime Rodríguez.

El fallo indica que “existiendo una medida cautelar emanada de un Tribunal Internacional que obliga al Estado chileno a ser cumplida, esta Corte acogerá el recurso a fin de que se investiguen todos los hechos por el organismo que corresponda“.

De esta forma la acción judicial del Instituto de Derechos Humanos, resultó en favor de Juana Calfunao Paillalef, su hijo Waikilaf Cadin y el nieto de la lonko mapuche de 3 años.

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Confirman recurso de amparo en favor de Juana Calfunao

ACCIÓN. Además, beneficia a su hijo Waikilaf Cadín y a su nieto.


La Corte Suprema confirmó el fallo dictado por la Corte de Apelaciones de Temuco que acogió el recurso de amparo presentado por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), en favor de Juana Calfunao Paillalef, de su hijo Waikilaf Cadín y del nieto de la lonco mapuche -de 3 años de edad-.

La investigación se ordenó tras las agresiones que habrían sufrido en enero pasado, en la Comunidad Juan Paillalef, sector Los Laureles, comuna de Cunco.
Fallo

En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Haroldo Brito, Andrea Muñoz, Jorge Dahm y el abogado (i) Jaime Rodríguez- ratificó la sentencia que acogió la acción cautelar presentada y ordenó remitir todos los antecedentes al Ministerio Público, para que se investiguen los hechos ocurridos el 27 y 28 de enero pasado en la propiedad de Juana Calfunao.

"Que de los antecedentes allegados a este recurso, es posible concluir que toda la secuencia de hechos constatados, se inicia con el derribamiento de un árbol en la vía pública -reconocido por los recurrentes- y que luego de la intervención policial se producen hechos que podrían revestir caracteres de delitos, acción de investigación de la cual carecen los Tribunales de Justicia y que deben ser averiguados por el órgano persecutor competente, esto es, el Ministerio Público.

 Que por otra parte, existiendo una medida cautelar emanada de un Tribunal Internacional que obliga al Estado chileno a ser cumplida, esta Corte acogerá el recurso a fin de que se investiguen todos los hechos por el organismo que corresponda", establece el fallo de la Corte de Temuco.

"Se acoge el recurso de amparo interpuesto por el Instituto de Derechos Humanos, sólo en cuanto se ordena remitir todos estos antecedentes al Ministerio Público Regional, a fin de que se investiguen todos los hechos ocurridos los días 27 y 28 de enero último, en la propiedad de doña Juana Calfunao", concluye.

Decisión adoptada con el voto en contra del ministro Juica, quien estuvo por rechazar el recurso de amparo.

Sobre el caso

Cabe recordar, que el 28 de enero, Calfunao, con la ayuda de terceros, cortó un árbol de más de 20 metros de altura y lo cruzó en el camino, impidiendo el tránsito de vehículos por el lugar.

Ante la acción, Carabineros activó un procedimiento durante el cual la lonco y su hijo fueron detenidos. El INDH indicó que en base a entrevistas a los afectados, el procedimiento policial se habría realizado en forma violenta, en medio del cual resultó herida en sus muñecas, cabeza y cara. 

Una vez detenida, fue acusada de desórdenes públicos.
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Hijo de Juana Calfunao no será extraditado tras revocar su permiso para salir del país





Carlos Agurto | RBB

Waikilaf Cadín no será extraditado luego de que la Corte de Apelaciones recovara su autorización de salir del país.

Recordemos que la defensa del comunero mapuche, formalizado por manejar sin licencia y haber lesionado a un Carabinero, solicitó el pasado jueves al Juzgado de Garantía de Temuco un permiso para que viaje a Ginebra, lo que fue aceptado.

Sin embargo, la parte querellante recurrió a la Corte de Apelaciones, desde donde se revocó la autorización, pero el hijo de la lonko Juana Rosa Calfunao ya había abandonado el país.

El vocero del Ministerio Público, fiscal Roberto Garrido, explicó que debido a esta situación sólo deberán esperar a que Waiquilaf Cadín termine su viaje.

Luego de que pagaran la fianza de 2 millones de pesos, el Juzgado de Garantía autorizó a Huaquilaf Cadín salir del país, pero deberá regresar el 10 de abril.

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