viernes, 30 de diciembre de 2016

Acogen recurso de amparo en favor de lonko Juana Calfunao presentado por el INDH


Corte de Apelaciones de Temuco acoge amparo en favor de Lonko Juana Calfunao

30 diciembre 2016

El Instituto nacional de Derechos Humanos (INDH) presentó un recurso de amparo en favor de la Lonko Juan Calfunao, quien se encuentra protegida por una medida cautelar de la Corte Interamericana de Derechos Humanos desde 2015, que vela por su integridad personal y la de su familia.

El INDH presentó un recurso de amparo en favor de la Lonko Juana Calfunao, detenida en septiembre de este año luego de que Carabineros ingresó a su propiedad y la detuvo. Estos hechos ocurrieron tras la decisión de la Gobernación de Cautín de otorgar a la Dirección de Vialidad el apoyo de la fuerza pública, para ejecutar labores en un camino cercano al hogar de la autoridad mapuche.

La comunidad Juan Paillalef mantiene un conflicto con el Estado desde hace al menos dos décadas, por la construcción y mejoramiento del camino que va de la localidad de Los Laureles a Lago Colico, al que esta comunidad se opone. 

Las obras estuvieron detenidas hasta 2007, pero tras la detención de la Lonko por cuatro años, los trabajos avanzaron hasta el límite de su comunidad.

Desde el año 2015 y atendiendo a la situación de violencia a la que está sometida la Lonko y su familia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) decretó una medida cautelar para proteger su vida e integridad personal. 

Esto significa, en la práctica, que las instituciones del Estado deben no solo proteger a esta comunidad sino que omitir cualquier acción que pueda conducir a que se vuelvan a producir los hechos de violencia que originaron dicha medida cautelar.

En este sentido, el INDH interpuso el recurso de amparo, dado que la Gobernación no cumplió con lo establecido en la medida cautelar y no informó sobre la ejecución de obras con acompañamiento de la fuerza pública a quienes estaban encargados de velar por que se cumpliera la medida cautelar.

Todo esto, además, ocurre en el marco de las conversaciones que estaba sosteniendo la comunidad Juan Paillalef con organismos del Estado, tales como Cancillería, el Ministerio del Interior y Carabineros, en orden a contar con un protocolo que hiciera efectivas las medidas de la Corte Interamericana. 

Cabe destacar que el INDH participa como observador de este proceso.

La Corte de Apelaciones de Temuco consideró que existía el mérito suficiente para acoger el recurso, señalando en su resolución que “la Gobernación de Cautín debió abstenerse de autorizar el auxilio de la fuerza pública hasta no consultar con el organismo encargado de ejecutar la medida (cautelar), esto es el Ministerio de Relaciones Exteriores”, por lo que el actuar de la Gobernación en este caso fue arbitrario.

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